2 de Octubre de 2025.Ciudad de México. Jornada.Mira. (0:15 hrs).- En acalorada sesión, se logró lo que ya se había pronosticado: en sesión nocturna, el Senado de la República aprobó con ajustes la iniciativa presidencial en materia de amparo. La enmienda está encaminada a modernizar y fortalecer ese mecanismo jurídico de defensa de los ciudadanos y a eliminar los abusos en que se ha incurrido, sobre todo en el caso de créditos fiscales.
Esa reforma, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, fue aprobada con 76 votos de Morena y aliados, y 39 en contra de la oposición, ya que, pese a los cambios de fondo que se hicieron a la propuesta presidencial, PRI, PAN y MC los consideraron insuficientes y recriminaron la celeridad con que se dio al proceso, toda vez que por la mañana se aprobó en comisiones y por la noche, en el pleno, durante una segunda sesión.
Cerca de la medianoche, ya en la discusión en lo particular, se aprobó –entre protestas de los opositores– una reserva propuesta por Morena, para introducir un artículo primero transitorio que los guindas habían eliminado en la mañana y que establece que los juicios de amparo que se encuentren en trámite continuarán su proceso hasta agotarse, y seguirán su curso conforme a las nuevas disposiciones. Lo anterior, a juicio de priístas, panistas y emecistas, constituye una aplicación retroactiva.
La reforma establece que los juicios de amparo podrán realizarse completamente en línea mediante reglas uniformes que equiparan el valor de los expedientes electrónicos con los físicos.
Los jueces tendrán 90 días naturales para dictar sentencia una vez celebrada la audiencia constitucional, reduciendo los plazos procesales actuales. Además, los órganos jurisdiccionales podrán desechar de manera más ágil las recusaciones que tengan como fin dilatar el procedimiento.
En materia de interés legítimo, uno de los cambios más debatidos, la reforma precisa que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, eliminando el requisito de que sea "actual" y "directa".
Esto significa que se podrán promover amparos por lesiones inminentes o previsibles, y que el beneficio de la sentencia puede derivar de la pertenencia a un colectivo sin necesidad de particularización individual. El ajuste busca mantener abierta la protección de derechos difusos y colectivos.
Para las medidas cautelares, la reforma introduce criterios más detallados: los jueces deberán acreditar el interés suspensional, la apariencia del buen derecho y ponderar el interés social. Se precisa que la afectación al orden público aplica específicamente cuando se trate de actividades que requieran permisos, autorizaciones o concesiones federales que no se tengan o hayan sido revocadas.
En el ámbito fiscal, el Código Fiscal de la Federación incorpora nuevos supuestos de improcedencia del recurso de revocación cuando se trate de créditos fiscales ya determinados en resoluciones firmes o de solicitudes de prescripción sobre esos créditos.
La Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se alinea con estos cambios, excluyendo de su competencia estas resoluciones para evitar que se promuevan juicios sobre actos ya resueltos de manera definitiva.
Un cambio significativo respecto a la iniciativa original es que se mantiene la responsabilidad individual de los servidores públicos que incumplan sentencias de amparo.
La propuesta inicial trasladaba esta carga al Estado, pero tras las audiencias públicas se decidió mantener el esquema vigente donde cada servidor público responde por su propio incumplimiento. Se suprimió la reforma a los artículos que regulan el cumplimiento de sentencias para que continúe operando el procedimiento actual.
Para obtener suspensiones en juicios que controviertan actos de ejecución o cobro de créditos fiscales firmes, se establecen de manera expresa las formas de garantía del interés fiscal que pueden constituir los promoventes, ampliando el plazo para exhibir el pago de la garantía a cinco días.
El régimen transitorio establece que los asuntos que se encuentren en trámite cuando entre en vigor la reforma continuarán tramitándose conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio, no con las nuevas reglas.
Los presidentes de las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Javier Corral y Enrique Inzunza, respectivamente, resaltaron que se tomaron en cuenta las propuestas de académicos, juristas, magistrados y autoridades, y se hicieron las correcciones en lo que se refiere a interés legítimo y otros puntos cuestionados.
Durante el debate, legisladores de oposición insistieron en que la reforma acaba con el juicio de amparo, mientras los morenistas y aliados resaltaron que lo que se elimina son los excesos y arbitrariedades, que permitían evadir impuestos, descongelar cuentas provenientes del lavado de dinero o liberar a delincuentes.
El senador Inzunza resaltó que el amparo conserva “su espíritu original de límite y dique frente al abuso y la arbitrariedad”, pero se impide que sea un instrumento exclusivo de élites.
El senador Corral precisó que se moderniza el juicio de amparo al incorporar de manera clara el uso de herramientas digitales. Además,–agregó, la vía digital será opcional, de modo que nadie quede excluido por carecer de medios tecnológicos.
Explicó luego que se modificó el artículo quinto de la Ley de Amparo para definir con mayor claridad la figura de interés legítimo, a fin de evitar demandas basadas en intereses abstractos. Sin embargo, no se cerró la puerta al acceso a la justicia de colectivos que acrediten afectaciones efectivas.
Otro de los ajustes fue en torno a la suspensión del acto reclamado, en el que se establecen límites en casos sensibles, como lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, actividades sin concesión y deuda pública.
Se establece que la suspensión podrá negarse cuando se afecte el interés social y el orden público.
Se modificó también lo relativo a la inejecución de sentencias, a fin de que los funcionarios o autoridades responsables no se escuden en la “imposibilidad jurídica y material” para no cumplir las resoluciones en materia de amparo.
Pese a esos cambios, durante horas, senadores de oposición insistieron en que se acabó con el amparo y que los colectivos no podrán defender el medio ambiente o la salud. “No será posible detener obras, como se hizo con el Tren Maya”, lamentó Alejandra Barrales, de MC.
El panista Raymundo Bolaños sostuvo que a lo único que se protege es a la autoridad, al favorecer la recaudación del Estado, y se quejó de que se eliminara el recurso de revocación en el pago de créditos fiscales y de que no proceda la suspensión provisional en las cuentas bloqueadas por la Unidad de Inteligencia Financiera.
En respuesta, el senador morenista Alejandro Murat preguntó si el objetivo del amparo es defender a narcos, secuestradores, o a quienes lavan dinero o sólo buscan evadir impuestos.
Mientras que por la tarde, durante la comparecencia del secretario de Hacienda y Crédito Público, Édgar Amador Zamora, el senador Adán Augusto López no perdió detalle del partido de futbol entre Barcelona y París Saint-Germain. Posteriormente, siguió un encuentro de beisbol. En la foto de Roberto García Ortiz, es evidente que al Sr Augusto López, ya mostró el cobre, de que le imprta poco su función como repreenatnte del pueblo.